De acuerdo con el artículo 15 de la Constitución Política, el habeas data es el derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
De acuerdo con la Corte Constitucional, el núcleo esencial del habeas data está integrado por el derecho a la autodeterminación informática -entendiendo por esto la facultad de la persona a la cual se refieren los datos, para autorizar su conservación, uso y circulación- y la libertad, especialmente la económica, porque esta podría ser vulnerada en virtud de la circulación de datos que no sean veraces o cuya circulación no haya sido autorizada.

¿QUÉ SON LAS CENTRALES DE RIESGO?
Son organismos de carácter privado que prestan un servicio de información, conformado por bases de datos, a través de las cuales se muestra el comportamiento comercial y financiero de las personas que son reportadas a ellas.

¿QUIÉNES REPORTAN INFORMACION A LAS CENTRALES DE RIESGO Y QUIÉNES ESTAN FACULTADOS PARA CONSULTAR LA INFORMACION CONTENIDA EN ELLA?

Reportan y consultan a estas entidades las personas naturales y jurídicas, privadas o públicas que se afilien para estos propósitos. Las Centrales de Riesgo tienen su fundamento constitucional en los artículos 20 y 15 de nuestra Carta Política, en los cuales se consagran los derechos a informar y recibir información veraz e imparcial y a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se recojan sobre las personas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

¿QUÉ TIPO DE INFORMACION APARECE EN LOS REPORTES DE LAS CENTRALES DE RIESGO?
Toda la información relativa al comportamiento comercial y financiero de las personas.

¿QUÉ SIGNIFICA ACTUALIZAR LA INFORMACION CONTENIDA EN LAS BASES DE DATOS?
Significa, que si un deudor pone al día una obligación que se encontraba en mora, la entidad deberá reportar esa circunstancia a las Centrales de Riesgo, de tal forma que ellas reflejen esa realidad. Sin embargo, el registro de que dicha obligación estuvo en mora debe permanecer por un tiempo definido por las entidades que administran las bases de datos.